Carrera Docente

PROFESIÓN DOCENTE

La Carrera Profesional Docente es una política del Estado de Chile que se enmarca dentro de la Reforma a la Educación y en el Sistema de Desarrollo Profesional Docente, creado en el año 2016 por la Ley 20.903, cuyo propósito general es consolidar el rol fundamental de la profesión docente en la sociedad y mejorar las condiciones para su desempeño, teniendo como premisa fundamental crear desarrollo humano y calidad de vida para todos los chilenos y chilenas.

PROFESIÓN DOCENTE

Nueva Ley 20.903

1. En conformidad a la Ley, las universidades deberán estar acreditadas institucionalmente ante la Comisión Nacional de Acreditación (CNA) para impartir cualquier carrera asociada a la pedagogía. Adicionalmente, cada carrera deberá estar acreditada para ello se debe cumplir con los estándares pedagógicos y disciplinarios aprobados por el Consejo Nacional de Educación, además, de exigencias referidas a la infraestructura, cuerpo académico, programas de mejora, convenios de vinculación con el medio y prácticas en establecimientos educacionales, entre otras. 2. Las Universidades deberán aplicar a sus alumnos dos evaluaciones diagnósticas. La primera de ellas, aplicada por las propias universidades a los nuevos estudiantes de pedagogía con el fin de conocer las posibles necesidades de nivelación. La segunda, aplicada por el Ministerio de Educación al menos un año antes de egresar los estudiantes de pedagogía, cuyos resultados serán informados a las instituciones educativas con el propósito que implementen planes de mejora en el proceso formativo. Rendir esta evaluación es obligatorio para la titulación, pero sus resultados no son habilitantes. 3. Las Universidades deberán además establecer programas de acompañamiento a sus estudiantes, con especial énfasis a quienes no obtengan los resultados esperados en la evaluación diagnóstica inicial. Para lo cual se implementará planes de mejoramiento que permitan asegurar la excelencia académica y profesional de los egresados de las distintas casas de estudio.

1. Quienes deseen estudiar hoy una carrera asociada a la educación deberá obtener 500 puntos en la Prueba de Selección Universitaria PSU. Este valor incrementará su nivel exigencia de forma paulatina hasta llegar a los 550 puntos en el año 2023. 2. Estar dentro del 30% superior del ranking en términos de su rendimiento académico respecto de su promoción o haber realizado un programa de preparación y acceso a la Educación Superior como el Programa PACE o como el Programa Futuro Profesor UBB. Para más información visite www.futuroprofesorubb.cl.

La nueva Ley establece el derecho de todos los profesores y profesoras que inician su carrera docente a acceder en forma voluntaria a procesos de inducción gratuitos durante el primer o segundo año de su vida laboral, estos tendrán una duración de hasta diez meses, su propósito no es ser habilitante, sino facilitar su inserción en la comunidad educativa y fortalecer la progresión en la carrera. Esta política se implementará a través del sistema de Mentores, que son profesionales contratados por el Ministerio de Educación, con vasta experiencia en el ejercicio docente para que acompañen y monitoreen el desempeño del docente novel en contextos reales, con el objetivo de hacer una adecuada transición a la vida laboral.

Ley de Carrera Docente

EL Sistema de Desarrollo Docente asegura un perfeccionamiento y fortalecimiento docente sostenido durante toda la carrera profesional, el que será gratuito y pertinente a los contextos de la comunidad educativa en la que esté inserto el profesor o profesora. Para esto el CPEIP implementará directamente o en colaboración con universidades o instituciones certificadas por el Centro, actividades de formación que profundicen los saberes y competencias pedagógicas en cursos, programas, charlas, diplomados, jornadas, entre otras.

El Sistema de Reconocimiento Profesional Docente establece tramos a partir de los cuales se reflejará las responsabilidades profesionales de los docentes en ejercicio y la remuneración asociada a la misma. De esta forma, se reconocen 5 tramos posibles, los tres primeros de carácter obligatorio y lo dos últimos tramos voluntarios para docentes que alcanzaron el nivel de Avanzado y que desean continuar perfeccionándose. Estos Tramos se establecerán de acuerdo con los años de experiencia y los resultados obtenidos en el Portafolio de la Evaluación Docente y como 1. Inicial: Es la etapa de inmersión en el ejercicio profesional, en la cual el docente recibe un fuerte apoyo formativo y acompañamiento. 2.Temprano: En esta etapa el docente, resultado de su experiencia, ha logrado consolidar competencias profesionales donde la enseñanza que realiza evidencia un mayor desarrollo en todos sus aspectos: preparación, actividades pedagógicas, evaluación e interacción con los estudiantes, entre otros. Asimismo, el docente, paralelamente a la práctica en el aula asume otras tareas o nuevas iniciativas dentro de la institución escolar. 3. AvanzadoEste tramo se caracteriza por la consolidación de la identidad profesional del docente, logrando un nivel esperado de saberes y competencias profesionales, de acuerdo a los criterios señalados en el Marco para la Buena Enseñanza. Los profesores y profesoras que se ubican en este tramo demuestran no solo habilidades para la enseñanza en el aula, sino que son capaces de hacer una reflexión profunda sobre su práctica y asumir progresivamente nuevas responsabilidades profesionales relacionadas con el acompañamiento y liderazgo pedagógico a docentes del tramo profesional inicial y con los planes de mejoramiento escolar. 4. Experto I: Este tramo da cuenta de un docente que posee experiencia tanto en competencias pedagógicas como conocimientos disciplinarios por sobre lo esperado para un buen ejercicio profesional docente. Los docentes que se encuentren en este tramo tendrán acceso preferente a funciones de acompañamiento y liderazgo pedagógico. 5. Experto II: En este tramo el profesional se caracteriza por una vasta experiencia docente que le permiten tener competencias pedagógicas y conocimientos disciplinarios de excelencia. Los profesores y profesores que se encuentren en este tramo tendrán acceso preferente a funciones de acompañamiento e inducción de los docentes noveles, asimismo, podrán asumir responsabilidades de liderazgo pedagógico.

El Sistema de Desarrollo Docente eleva las remuneraciones para quienes desempeñan esta profesión. Por ejemplo, si anteriormente un docente ingresaba con un sueldo cercano a los $573 mil, con la nueva Carrera Docente lo hará con una remuneración de cerca de $800 mil por 37 horas semanales. Además, la renta será incrementada de forma continua a partir del desempeño profesional establecido por el Sistema de Reconocimiento Profesional Docente, pudiendo tener mejores sueldo según la experticia acreditada en la Evaluación Docente.

Este nuevo régimen considera el tiempo como una variable que influye decisivamente en la calidad de docencia, en este sentido se aumentan las horas no lectivas, es decir, la horas que los profesores no hacen clases directamente en sala, lo que implica un mayor tiempo disponible para preparar el proceso de enseñanza y aprendizaje, seguimiento de las actividades en el aula, la evaluación de los aprendizajes, el trabajo colaborativo en el marco del desarrollo profesional, atención de estudiantes y apoderados entre otras. De esta forma, las horas de docencia de aula para los años 2017 y 2018, para un contrato de 44 horas, no podrán exceder de 30 horas con 45 minutos, excluidos los recreos, tanto para los establecimientos en régimen de Jornada Escolar Completa Diurna como para aquellos con jornada única. Lo anterior representa un aumento en un 30% de las horas no lectivas respecto de las horas de contrato. Para el año 2019, las horas de docencia de aula para un contrato de 44 horas no podrán exceder de 28 horas con 30 minutos, excluidos los recreos, esto tanto para los establecimientos en régimen de Jornada Escolar Completa Diurna como para aquellos con jornada única. Lo que representa un 35% de aumento de las horas no lectivas.